Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-12440

Real Decreto 1117/1979, de 4 de mayo, por el que se autoriza la garantía del Estado sobre el 60 por 100 de la operación de préstamo, por importe total de 70.000.000 de dólares USA, proyectada por «Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S. A.», con un grupo de Bancos encabezado por «The Sanwa Bank».

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 1979, páginas 10831 a 10832 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-12440

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley ocho/mil novecientos setenta y dos, de diez de mayo; Decreto mil novecientos cincuenta y cinco/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, y Ordenes del Ministerio de Obras Públicas de once de mayo de mil novecientos setenta y tres, en relación con lo dispuesto por el artículo ciento dieciséis de la Ley once/ mil novecientos setenta y siete, de cuatro de enero, General Presupuestaria, y Reales Decretos ochocientos ochenta/mil novecientos setenta y siete, de uno de abril, y mil setecientos veintidós/mil novecientos setenta y ocho, de veintitrés de junio, procede autorizar la garantía del Estado a la operación financiera que más adelante se detalla, reservando al Ministro de Hacienda, dentro de la competencia que le corresponde en tal materia o que, en su caso, se desprenda de la autorización que a este efecto se le confiere en el presente Real Decreto, el otorgamiento del aval del Tesoro y, si fuera preciso, determinación definitiva de las características de la operación financiera relevantes a efectos de la garantía que se presta, así como la de dictar los pronunciamientos que se precisen al efecto indicado y aquellos que sean consecuencia de estas actuaciones y que vengan exigidos por la naturaleza de dicha operación financiera.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de mayo de mil novecientos setenta, y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se autoriza la garantía solidaria del Estado sobre el sesenta por ciento de todas las obligaciones patrimoniales derivadas del préstamo que «Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S. A.», proyecta concertar con un grupo de Bancos encabezado por «The Sanwa Bank», por importe máximo de setenta millones de dólares USA, cuya operación financiera ha sido autorizada por acuerdo del Ministerio de Economía de cuatro de abril de mil novecientos setenta y nueve, con determinación de sus características y condiciones.

Artículo 2.

La efectividad de la garantía que se autoriza queda condicionada a la amortización por la Sociedad concesionaria, en momento anterior o simultáneo a la disposición de fondos del préstamo, de financiación exterior con garantía del Estado, en la cuantía que se precise para que no sea sobrepasado el límite máximo de aval del Estado previsto para dicha concesión.

Artículo 3.

La garantía estatal, autorizada con arreglo a lo prevenido en los artículos anteriores, se aplicará a la parte del préstamo comprendido en las seis últimas cuotas de amortización, que no podrán superar el sesenta por ciento de la cuantía total del préstamo.

Artículo 4.

La efectividad de la presente garantía queda condicionada a la existencia de margen suficiente en la autorización presupuestaria de avales, referido a la fecha en que sea formalizado el correspondiente aval del Tesoro.

Artículo 5.

El Ministro de Hacienda, en uso de la competencia que a estos efectos le corresponde, otorgará el aval del Tesoro a dicha operación financiera con arreglo a lo prevenido en los artículos precedentes, y se pronunciará, por sí o por la autoridad en quien delegue, sobre todos los extremos necesarios y que sean consecuencia de las autorizaciones precedentes.

Artículo 6.

El presente Real Decreto surtirá efecto desde la fecha de su notificación a la Entidad concesionaria.

Dado en Madrid a cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid