Contido non dispoñible en galego
El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 26 de abril de 1979 ha resuelto otorgar definitivamente a don Francisco Guerrero García la concesión del citado servicio, como hijuela-desviación del ya establecido entre Los Corrales y Osuna (V-1.290), provincia de Sevilla, con arreglo a las Leyes y Reglamentos de Ordenación y Coordinación de Transportes vigentes/ y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud, 23 kilómetros, Martín de la Jara y Osuna. Se realizará sin paradas fijas intermedias.
Expediciones: Entre Los Corrales y Osuna, una de ida y vuelta los días laborables, con la intensificación del servicio base en el tramo parcial afectado.
Tarifas: Las mismas del servicio base V-1.290.
Clasificación respecto del ferrocarril: Coincidente b) en conjunto con el servicio base V-1.290.
Madrid, 26 de abril de 1979.–El Director general, José Luis García López.–6.108-E.
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