Advertido error en el texto remitido para la publicación de la citada Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 72, de 24 de marzo de 1979, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Donde dice: «Norma 3.ª Las solicitudes de importación deberán presentarse a lo largo del año, debiendo justificar el despacho total de la última licencia autorizada, siempre que no sobrepase el cupo adjudicado», debe decir: «Norma 3.ª Aquellos whiskies considerados de segunda categoría quedan contingentados y deberán presentar sus solicitudes antes de un mes después de la publicación de esta Resolución, debiendo acompañar justificante de haber despachado la última licencia autorizada».
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