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Documento BOE-A-1979-12974

Orden de 12 de mayo de 1979 por la que se convocan los premios «Ejército del Aire 1979».

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 1979, páginas 11333 a 11334 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-12974

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de promover la divulgación y difusión de trabajos relacionados con la Aviación y con las actividades que realiza el Ejército del Aire, en sus diferentes aspectos, dispongo:

Artículo 1.

Se convocan los siguientes premios «Ejército del Aire 1979»:

Prensa.

Radio.

Televisión.

Profesionales del Ejército del Aire.

Artículo 2. Premios para Prensa.

Se concederán a los artículos o colecciones de artículos, reportajes literarios y gráficos, entrevistas, etc., publicados en cualquier periódico o revista nacional de información general, los siguientes premios:

Primer premio, dotado con 125.000 pesetas.

Segundo premio, dotado con 50.000 pesetas.

Los trabajos se presentarán, por triplicado, en recortes de las publicaciones en los que pueda apreciarse la cabecera del periódico o revista y la fecha. Caso de que no pueda figurar el título de la publicación, ni la fecha o cuando los artículos vayan sin firmar, o con seudónimo, se acompañará certificado del Director de la correspondiente publicación, en el que se indique dichos extremos y el nombre del autor.

Artículo 3. Premios para Radio.

Para espacios o programas emitidos por Cadenas o Emisoras de Radiodifusión españolas se concederán los siguientes premios:

Primer premio, dotado con 125.000 pesetas.

Segundo premio, dotado con 50.000 pesetas.

Para optar a estos premios se presentará guión técnico, en triplicado ejemplar, y grabación magnetofónica de los programas, acompañado de certificado del Director de la Emisora o responsable de la emisión, indicando nombre o nombres de los autores del programa y fechas de emisión.

Artículo 4. Premio para Televisión.

Para programas emitidos por cualquier cadena de televisión. Se concederá un solo premio de 200.000 pesetas.

Quienes deseen optar a este premio presentarán el guión técnico, por triplicado ejemplar, y una copia de la filmación, en 16 milímetros, 35 milímetros o en video, acompañado de certificado del responsable de la emisión, en el que se indicará nombre o nombres de los autores y fecha de la emisión.

Artículo 5. Premios para miembros del Ejército del Aire.

Con el fin de estimular la actividad intelectual del personal del Ejército del Aire, en cualquier situación, fomentando el desarrollo de trabajos de investigación y divulgación sobre temas de interés profesional susceptibles de ser publicados para ampliar la bibliografía aeronáutica, se establece el siguiente premio para trabajos inéditos que traten sobre cualquier aspecto de la Aviación y del Ejército del Aire.

Primer premio, dotado con 150.000 pesetas.

El Cuartel General del Ejército del Aire podrá encargarse, si lo considera oportuno, de la publicación de las obras premiadas.

Para optar a este premio, el autor o autores deberán presentar su trabajo, en triplicado ejemplar, si las condiciones de éste lo permiten, con el equivalente a una extensión mínima de 200 folios mecanografiados, a doble espacio, por una sola cara, acompañando fotografías, gráficos, dibujos y todo cuanto material se considere oportuno para la mejor clarificación de la obra presentada.

Los trabajos serán presentados por el sistema de lema y plica, en cuyo interior figurará el nombre o nombres completos, graduación, destino y dirección.

Artículo 6.

Las normas generales de la convocatoria de premios son las siguientes:

a) Podrán optar a los premios establecidos para Prensa, Radio y Televisión los trabajos publicados o difundidos en el período comprendido entre el 1 de julio de 1978 al 30 de junio de 1979.

b) Deberán tener entrada en la Oficina de Información, Difusión y Relaciones Públicas del Cuartel General del Ejército del Aire, calle de Romero Robledo, número 8, Madrid-8, por Correo certificado o entregados directamente mediante recibo, antes del día 31 de octubre de 1979.

c) Se establecerán los correspondientes Jurados para las modalidades convocadas, presididos por el General Secretario Militar del Aire.

El fallo de los Jurados será inapelable, pudiéndose declarar desiertos aquellos premios en que los trabajos presentados se considere que no cuentan con méritos suficientes.

d) No se devolverán los trabajos presentados, ni se mantendrá correspondencia respecto a ellos.

e) El Cuartel General del Ejército del Aire se reserva el derecho de publicar, reproducir o difundir los trabajos premiados por los medios que considere convenientes.

f) La concurrencia a cualquiera de los premios supone la aceptación de la totalidad de las bases de esta convocatoria.

Madrid, 12 de mayo de 1979.‒Por Delegación: El General Jefe del E. M. del Ejército del Aire, Emiliano J. Alfaro Arregui.

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