Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional de Primer Grado, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 12 de abril siguente),
Este Ministerio, de conformidad con el informe emitido por la Delgación Provincial de Zamora, ha tenido a bien disponer:
En el Centro de Enseñanza General Básica de la localidad de Villalpando funcionará a partir del presente curso académico 1978-79 una Sección de Formación Profesional de primer Grado, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de Primero y Segundo Grado de Benavente, en la que se cursarán las enseñanzas del Primer Grado de Formación Profesional en la Rama Administrativa y Comercial, profesión Administrativa.
Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario que origine el funcionamiento de la citada Sección, serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional.
Al frente de la Sección habrá un Profesor-Delegado, que dependerá orgánicamente del Director del Centró de E. G. B. y funcionalmente del Director del Centro oficial de Formación Profesional a que se halla adscrita. Dicho Profesor-Delegado será nombrado por la Delegación Provincial en la forma reglamentaria.
Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 18 de abril de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid