El Director general de Puertos y Costas, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 19 de septiembre de 1955 («Boletín Oficial del Estado» del 20), ha otorgado con fecha 28 de marzo de 1978 una autorización a don Antonio Perales Pérez, cuyas características son las siguientes:
Provincia: Alicante.
Término municipal: Torrevieja.
Superficie aproximada: 170 metros cuadrados.
Destino: Legalización de las obras de jardinería y alumbrado en terrenos de dominio público en la zona marítimo-terrestre de la Playa de Los Locos, y denegación de la legalización de la verja que cierra la zona ajardinada, la cual deberá ser demolida, sin derecho a indemnización alguna.
Plazo concedido: Veinte años.
Canon: Exento.
Prescripciones:
a) El titular o beneficiario de las obras a que se refiere la presente autorización.vendrá obligado, en el plazo de tres meses, a demoler la verja que cierra la zona ajardinada, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo, procederá la Administración por sí misma a la ejecución de este acuerdo, conforme a lo previsto en el articulo 106 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
b) Las obras serán de uso público gratuito, con libre acceso a través de la urbanización, por lo cual no podrá construirse ningún tipo de cerca.
c) El titular o beneficiario de las obras a que se refiera la presente autorización vendrá obligado a colocar o suprimir carteles, a su costa y en el plazo en que se le ordene, para destacar el carácter de libre uso público gratuito de dichas obras.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 25 de abril de 1979.–El Director general, Carlos Martínez Cebolla.
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