En aplicación de lo dispuesto por el artículo 9.°, 1, de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se hace público que se ha practicado el día 18 de enero de 1979 la inscripción número 97 en el Libro-Registro de la Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción, correspondiente a la petición presentada en la misma fecha por el Instituto Geológico y Minero de España, sobre propuesta para la declaración de una zona de reserva provisional a favor del Estado, para investigación de carbones, que se denominará «Cuenca-Teruel», comprendida en las provincias de Guadalajara, Cuenca, Teruel y Valencia, y cuyo perímetro definido por coordenadas geográficas se designa a continuación.
Se toma como punto de partida el de intersección del meridiano 0º 50’ Este, con el paralelo 41° 10’ Norte, que corresponde al vértice 1.
Area formada por arcos de meridianos, referidos al de Madrid, y de paralelos determinados por la unión de los siguientes vértices expresados en grados sexagesimales:
Longitud | Latitud | |
---|---|---|
Vértice 1. | 0º 50' Este | 41º 10' Norte |
Vértice 2. | 1º ' Este | 41º 10' Norte |
Vértice 3. | 1º 30' Este | 41º 10' Norte |
Vértice 4. | 1º 50' Este | 41º 10' Norte |
Vértice 5. | 1º 50' Este | 40º 50' Norte |
Vértice 6. | 2º 50' Este | 40º 50' Norte |
Vértice 7. | 2º 50' Este | 39º 30' Norte |
Vértice 8. | 1º 30' Este | 39º 30' Norte |
Vértice 9. | 1º 30' Este | 40º 00' Norte |
Vértice 10. | 2º 50' Este | 40º 00' Norte |
El perímetro así definido delimita una superficie de 84.600 cuadrículas mineras.
Madrid, 22 de enero de 1979.‒El Director general, José Sierra López.
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