Vista la propuesta formulada, por los Servicios Técnicos correspondientes,
Esta Dirección General ha acordado:
Tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico, de carácter nacional, a favor de la iglesia de San Facundo, de Ribas de Miño, municipio de Paradela (Lugo).
Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Hacer saber al Ayuntamiento de Ribas de Miño que, según lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 6.º del Decreto de 22 de julio de 1958, todas las obras que hayan de realizarse en el monumento cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Dirección General.
Que el presente acuerdo se, publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 19 de abril de 1979.‒El Director general, Evelio Verdera y Tuells.
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