Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 12 de abril siguiente),
Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Zamora y teniendo en cuenta que por la respectiva Corporación Municipal han sido facilitados locales suficientes, ha dispuesto lo siguiente:
Se crea, a partir del presente curso académico 1978-79, en la localidad de Tabara, una Sección de Formación Profesional de primer grado, dependiente del Instituto Politécnico Nacional de Zamora, y en la que se cursarán las enseñanzas del primer grado de Formación Profesional en la rama Administrativa y Comercial, Profesión Administrativa. Al frente de la misma habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado del Centro Estatal del que depende, y que será nombrado por el Delegado Provincial del Departamento en la forma reglamentaria.
Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional. Los gastos de funcionamiento no incluidos entre los ya citados serán sufragados por el Ayuntamiento de la localidad arriba mencionada.
Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 18 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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