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Documento BOE-A-1979-13560

Real Decreto 1262/1979, de 4 de abril, por el que se modifican los plazos de entrega al uso público de determinados tramos de la autopista del Norte, itinerario Burgos-Málzaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1979, páginas 12059 a 12059 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-13560

TEXTO ORIGINAL

Los artículos primero y segundo del Real Decreto ochocientos ochenta mil/novecientos setenta y siete, de uno de abril, sobre el programa de puesta en servicio de tramos de autopistas nacionales de peaje durante el período mil novecientos setenta y siete mil novecientos setenta y nueve establecieron los conceptos y sistemática aplicables a las solicitudes que en relación con lo especificado en la mencionada norma, pudieran presentarse por parte de las Sociedades concesionarias de autopistas nacionales de peaje.

«Eurovías, Concesionaria Española de Autopistas, S. A.», incoó expediente de aplazamiento de puesta en servicio de determinados tramos de la autopista de cuya concesión la mencionada Sociedad es titular en base al Decreto mil setecientos treinta y seis/mil novecientos setenta y cuatro, de treinta de mayo.

El expediente ha sido informado por la Delegación del Gobierno en las Sociedades concesionarias de autopistas nacionales de peaje y por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, habiéndose efectuado, por este último Centro Directivo, los correspondientes estudios técnicos, económicos y financieros a que alude el último párrafo del artículo primero del mencionado Real Decreto ochocientos ochenta/mil novecientos setenta y siete.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de abril de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Quedan modificadas las fechas de entrega al uso público de los tramos de la autopista del Norte, itinerario Burgos-Málzaga, que a continuación se indican:

Tramos: Armiñón-Urbina. Fecha de apertura al tráfico: Veintisiete de junio de mil novecientos ochenta y uno.

Tramos: Urbina-Málzaga. Fecha de apertura al tráfico: Veintisiete de junio de mil novecientos ochenta y uno.

Artículo 2.

Se prorroga hasta el día siete de julio de mil novecientos noventa y cinco el plazo de la concesión de la autopista del Norte, itinerario Burgos-Málzaga, cuya reversión al Estado estaba prevista el día veintiséis de junio de mil novecientos noventa y cuatro.

Artículo 3.

En el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del presente Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», la Sociedad concesionario presentará ante la Delegación del Gobierno en las Sociedades concesionarias de autopistas nacionales de peaje el plan económico-financiero que resulte de introducir en el vigente las modificaciones autorizadas por la presente disposición.

Artículo 4.

La prórroga del período concesional otorgada por el presente Real Decreto queda supeditada a las efectivas demoras de los plazos de construcción, señaladas en el artículo primero, y sólo será computable si en la fecha en que originariamente debía caducar la concesión se hubiera ejecutado la totalidad de la autopista.

Artículo 5.

El presente Real Decreto no supondrá, en ningún caso, modificación de la cuantía ni del plazo que para el aval del Estado señala el Decreto de adjudicación de la concesión; debiendo, asimismo, permanecer inalterables, de acuerdo con el apartado tres del artículo veinticuatro de la Ley ocho/mil novecientos setenta y dos, el régimen de tarifas y las cifras de inversión vigentes a efectos de extinción del contrato.

Artículo 6.

Quedan modificados en la forma señalada en los artículos anteriores los artículos sexto y decimosexto del Decreto mil setecientos treinta y seis/mil novecientos setenta y cuatro, de treinta de mayo.

Dado en Madrid a cuatro de abril de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JOAQUIN GARRIGUES WALKER

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