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Documento BOE-A-1979-13692

Resolución de la Delegación Provincial de Palencia por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 2 de junio de 1979, páginas 12256 a 12256 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-13692

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Palencia, a petición de «Iberduero, S. A. », distribución Valladolid, con domicilio en calle Veinte de Febrero, número 8, de la citada localidad, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública, para el establecimiento de una línea aérea, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», distribución Valladolid, la instalación eléctrica cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea trifásica, en doble circuito, a 44 KV, de 4.369 metros de longitud. Capacidad de transporte 47 MVA. Tendrá su origen en la línea a 44 de subestación «Los Angeles» a Fábrica Nacional e IBENSA. Final en futura subestación ETD «Monte El Viejo», con derivación a centro de transformación de residencia Lorenzo Ramírez. El lugar donde se va a establecer la instalación es Palencia, y su finalidad la ampliación del suministro de energía en Palencia.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Palencia, 30 de abril de 1979.‒El Delegado provincial.‒2.809-15.

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