En el recurso contencioso-administrativo número 1023-74, interpuesto por «Kas, S. A.», contra resolución de este Registro de 29 de marzo de 1971, se ha dictado con fecha 3 de mayo de 1978, sentencia en grado de apelación por el Tribunal Supremo, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que se desestima el presente recurso de apelación interpuesto por "Kas, S. A.", contra la sentencia de veintiuno de septiembre, de mil novecientos setenta y siete dictada por la Sala Tercera, de la Audiencia Territorial de Madrid, que debemos confirmar y confirmamos por ajustada a derecho, sin costas
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se comunica a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 25 de noviembre de 1978.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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