Ilmo. Sr.: Ante la situación actualmente planteada en los Institutos Nacionales de Bachillerato en lo que se refiere a la evaluación final de los alumnos de Bachillerato y Curso de Orientación Universitaria,
Este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:
1. Cuando en las sesiones de calificación final conjunta del mes de junio actual algún alumno de Bachillerato o del Curso de Orientación Universitaria no sea calificado en alguna materia, los equipos de evaluación quedan autorizados para establecer colegiadamente la calificación que corresponda otorgarle, a la vista de las calificaciones parciales y demás aspectos que puedan ser considerados al efecto.
2. Los Directores de los Institutos darán cuenta inmediatamente a la Inspección de Enseñanza Media de los grupos de alumnos y materias a los que se haya aplicado lo dispuesto en el apartado anterior.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 4 de junio de 1979.
OTERO NOVAS
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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