Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-1389

Resolución del Registro de la Propiedad Industrial por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 327/1975, interpuesto por «Laboratorios Liade, S.A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1979, páginas 1110 a 1111 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-1389

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 327/1975, interpuesto por «Laboratorios Liade, S. A.», contra resolución de este Registro de 31 de enero de 1974, se ha dictado, con fecha 23 de septiembre de 1977, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el actual recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Gregorio Puche Brun, en nombre y representación de la Entidad demandante "Laboratorios Liade, S. A.", frente a la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial –Ministerio de Industria–, de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y cuatro, sobre concesión de la marca número quinientos noventa y tres mil setecientos sesenta y dos, "Hepanticold" a favor de la "Compañía Española de la Penicilina y Antibióticos, S. A.", así como la resolución expresa de dicho Organismo de fecha cuatro de abril de mil novecientos setenta y cinco, desestimatoria de la reposición de la anterior a las que la demanda se contrae; debemos declarar y declaramos, no ser conforme a derecho; y por consiguiente nulas ambas resoluciones impugnadas; declarando nula y sin valor la solicitud de marca nacional número quinientos noventa y tres mil setecientos sesenta y dos, anteriormente referenciada; todo ello, sin hacer una declaración expresa de condena en costas, respecto de las derivadas del actual proceso jurisdiccional.

Así por está nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado». 

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 25 de noviembre de 1978.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.

Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid