En el recurso contencioso-administrativo número 17/1976, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Agrupación de Mayoristas de Vinos de Granada, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 26 de octubre de 1974, se ha dictado, con fecha 10 de julio de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya, parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Agrupación de Mayoristas de Vinos, S. A ", contra el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de lecha veintiséis de octubre de mil novecientos setenta y cuatro, que concedió el registro de la marca número seiscientos treinta y tres mil doscientos cincuenta y uno, "Balay", y contra la desestimación presunta del recurso de reposición contra aquel interpuesto, debemos declarar y declaramos no haber lugar al mismo por estar ajustados al ordenamiento jurídico los mencionados acuerdos; sin hacer especial condena en cestas.
Así por esta nuestra sentencia que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 25 de noviembre de 1978.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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