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Documento BOE-A-1979-14368

Orden de 30 de abril de 1979 por la que se amplia y modifica el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «José Paredes, S. L.», por Orden de 27 de junio de 1972 y ampliaciones y prórroga posteriores, en el sentido de incluir entre las mercancías de importación nuevos tipos de pieles, y modificar determinados módulos contables.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 16 de junio de 1979, páginas 13466 a 13466 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-14368

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «José Paredes, S.L.», beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 27 de junio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de julio) y ampliaciones y prórroga posteriores, para la importación de cueros y pieles y la exportación de calzado, solicita se incluyan entre las mercancías de importación nuevos tipos de pieles, y modificar determinados módulos contables.

Este, Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

Primero.

Ampliar y modificar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «José Paredes, S.L.», con domicilio en Elche (Alicante), por Orden ministerial de 27 de junio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de julio) y ampliaciones y prórroga posteriores, en el sentido de incluir entre las mercancías de importación todas las pieles de bovinos, preparadas, curtidas y terminadas, comprendidas en la partida aranceleria 41.02.B-2, en todas las variedades de curtición (vegetal, mineral y otras), así como presentadas en pieles enteras, cuellos, faldas, hojas y otros trozos, para corte.

Se consideran equivalentes todas las pieles de bovinos para corte autorizadas.

Segundo.

A efectos contables respecto a la presente ampliación se establece lo siguiente:

Por cada 100 pares de zapatos de los señalados a continuación que se exporten, se podrán importar con franquicia arancelaria o se datarán en cuenta de admisión temporal o se devolverán los derechos arancelarios, según el sistema al que se acoja el interesado, las cantidades de pieles nobles para corte, que también se indican:

– De zapatos de caballero, números 39 al 46, 200 pies cuadrados.

– De zapatos de cadete, números 35 al 38, de 23 centímetros o más de longitud, 125 pies cuadrados.

– De zapatos de niño, números 28 al 34, de menos de 23 centímetros de longitud, 95 pies cuadrados.

Como porcentaje de pérdidas, en concepto de subproductos, el 12 por 100, adeudables por la P. A. 41.09.

El interesado queda obligado a declarar, en la documentación aduanera de exportación y por cada producto exportado, la concreta clase y características de las pieles de bovinos autorizadas realmente contenidas, determinantes del beneficio, a fin de que la Aduana, habida cuenta de tal declaración y de las comprobaciones que estime conveniente realizar, pueda autorizar el libramiento de la correspondiente hoja de detalle.

Tercero.

Las mercancías importadas en régimen de tráfico de perfeccionamiento activo, así como los productos terminados exportables quedarán sometidos al régimen fiscal de inspección.

Cuarto.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 31 de agosto de 1978 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y de devolución de derechos derivados de la presente ampliación y modificación, siempre que se haya hecho constar, en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho, la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución. Para estas exportaciones, los plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 27 de junio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» del 7 de julio) y posteriores autorizados a «José Paredes, S. L.», que ahora se amplían y modifican.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de abril de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Antonio Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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