Ilmo. Sr.: Vista la Orden del Ministerio de Industria y Energía de fecha 14 de marzo de 1979 por la que se acepta la renuncia formulada por la Empresa «Alcoholera de Almendralejo, S. L.» a los beneficios que le fueron concedidos, previstos en el artículo 3.º de la Ley 152/1963, de 2 de diciembre (expediente BA-34),
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Tributos, conforme a lo establecido en el articulo 98 de la Ley de procedimiento Administrativo v 18 del Decreto 2853/1964 de 8 de septiembre, ha dispuesto aceptar la renuncia de los beneficios tributarios que le fueron otorgados a la Empresa «Alcoholera de Almendralejo, S L.». por la Orden de 31 de mayo de 1976 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de junio siguiente, la cual queda sin efecto alguno, debiendo abonarse o reintegrarse, en su caso, las bonificaciones u subvenciones ya disfrutadas.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid. 8 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.
Ilmo. Sr. Subsecretario de Hacienda.
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