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Documento BOE-A-1979-15037

Orden de 9 de abril de 1979 por la que se aprueba el plan de conservación de suelos de la «Cuenca del Barranco del Almendro, del término municipal de Villanueva de las Torres, en la provincia de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 1979, páginas 14405 a 14406 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-15037

TEXTO ORIGINAL

A instancia del Ayuntamiento de Villanueva de las Torres, en la provincia de Granada, se ha incoado expediente en el que se ha justificado con los correspondientes informes técnicos que en la «Cuenca del Barranco del Almendro» de dicho término municipal concurren circunstancias que aconsejan la realización de obras, plantaciones y labores necesarias para la conservación del suelo agrícola, y a tal fin se ha tramitado por la Sección de Conservación de Suelos un plan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 20 de julio de 1955, al que han dado su conformidad los interesados. Las obras incluidas en el plan cumplen lo dispuesto en los artículos 2.º y 3.º del Decreto de 12 de julio de 1962, Vistas las disposiciones citadas, la disposición adicional 3.ª de la Ley de 21 de julio de 1971 y el artículo 1.2, y disposición final 7.ª del Decreto-ley de 28 de octubre de 1971,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Queda aprobado el plan de conservación de suelos de la citada cuenca, de una superficie total de 40,0080 hectáreas.

Segundo.

El prespuesto es de 1.781.804 pesetas, de las que serán subvencionadas la totalidad de las mismas.

Tercero.

De acuerdo con la legislación vigente, el Instituto Nacional para la Conservación d la Naturaleza dictará las disposiciones necesarias para la realización y mantenimiento de las obras y trabajos incluidos en el referido plan de conservación de suelos, así como para adaptarlo en su ejecución a las características del terreno y a la explotación de la cuenca afectada, fijar el plazo y ritmo de realización de las obras y para efectuarlas directamente en el caso de que los propietarios no las realicen.

Madrid, 9 de abril de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

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