Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente número 41.134, incoado en esta Delegación Provincial, a instancia de «Electra del Esva, S.A.», con domicilio en Luarca, solicitando autorización y declaración de utilidad pública en concreto, a los efectos de la imposición de servidumbre de paso, de la instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:
Electrificación rural de los pueblos de Espina, Monticelo y Restrepo, comprendiendo las siguientes instalaciones:
a) Línea aérea, a 612 KV., Folgueiras-Monticelo, de 3.715 metros de longitud.
b) C. T. «Espina», de 25 KVA. y 6-12/0,380 KV.
c) C. T. «Monticelo», de 50 KVA. y 0-12/0,380 KV.
Emplazamiento: Parroquia de Páramos, Ayuntamiento de Vegadeo.
Objeto: Servicio público.
Esta Delegación Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en los Decretos 2017 y 2619/1960, de 20 de octubre; Ley 10/ 1966, de 18 de marzo; Decreto 1775/1967, de 22 de julio; Ley de 24 de noviembre de 1939; Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, de 28 de noviembre de 1968; Reglamento de Estaciones Transformadoras y Centrales, de 23 de febrero de 1949, y la Orden ministerial de 1 de febrero de 1968, ha resuelto:
Autorizar la instalación eléctrica solicitada.
Aprobar el proyecto de la instalación reseñada.
Declarar la utilidad pública en concreto de la misma, a los efectos de la imposición de la servidumbre de paso, en las condiciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamento de la Ley 10/1966, aprobado por Decreto 2619/1966.
Para el desarrollo y ejecución de la instalación, el titular de la misma deberá seguir los trámites señalados en el capítulo IV del Decreto 2617/1966.
Oviedo, 26 de marzo de 1979.‒El Delegado provincial.‒895-D.
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