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Documento BOE-A-1979-15426

Orden de 27 de abril de 1979 por la que se establecen con carácter anual los «premios Nacionales de Fotografía Turística de España» y se convocan los correspondientes a 1979.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 1979, páginas 14852 a 14853 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-15426
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/04/27/(7)

TEXTO ORIGINAL

Excmo. e Ilmo. Sres.: Este Ministerio, considerando el interés que presenta el fomento del arte fotográfico y el valor de la fotografía como medio difusor de los atractivos turísticos, así como la profusión con que éstos se muestran en nuestro país, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1.

Se establecen con carácter anual los «Premios Nacionales de Fotografía Turística de España» para aquellas diapositivas que sean consideradas por el Jurado calificador, en función de su calidad técnica y artística, así como por su temática, más adecuadas para la promoción del turismo nacional.

Artículo 2.

Estos Premios, que podrán declararse desiertos, serán los siguientes:

Primero: 200.000 pesetas.

Accésit: 100.000 pesetas.

Artículo 3.

Podrán participar en estos Premios todos los fotógrafos españoles y extranjeros. Cada concursante habrá de presentar un mínimo de 12 diapositivas de al menos cinco de los temas a considerar.

Artículo 4.

Las diapositivas versarán obligatoriamente sobre los recursos turísticos de España, entendiendo gomo tales los referidos a los siguientes temas:

− Paisaje.

− Monumentos.

− Folklore.

− Fiestas populares.

− Arte.

− Pueblos típicos.

− Actividades culturales y artísticas.

− Artesanía.

− Deportes.

− Cualquier otro tema que pueda ser considerado turístico.

Artículo 5.

Las diapositivas en color tendrán un tamaño mínimo de 6 por 6 centímetros o 35 milímetros. En todas ellas se hará constar el nombre y apellido del autor, el lugar exacto a que se refiera la diapositiva y la fecha de su obtención.

Todas las diapositivas deberán haber sido realizadas durante el año al que se refiera la convocatoria.

Artículo 6.

La presentación de las instancias para concurrir a los premios, que serán dirigidas al excelentísimo señor Secretario de Estado de Turismos, así como las respectivas documentaciones y diapositivas, se hará en el Registro General de la Secretaría de Estado de Turismo (Alcalá, 44, Madrid), o por cualquiera de las formas establecidas por la vigente Ley de Procedimiento Administrativo. La presentación de documentos y diapositivas se efectuará antes del 30 de noviembre del año para el que se hayan convocado los premios.

En la instancia se hará constar de manera expresa el compromiso de ceder en propiedad las diapositivas premiadas a la Administración.

Artículo 7.

El Jurado que ha de fallar los «Premios Nacionales de Fotografía Turística de España», y que tendrá plena y privativa competencia sobre la materia, estará formado por los siguientes miembros: Presidente: Excelentísimo señor Secretario de Estado de Turismo; Vicepresidente: Ilustrísimo señor Director General de Promoción del Turismo; Vocales: Ilustrísimo señor Subdirector general de Promoción del Turismo, Jefe del Servicio de Publicidad e Información de Turismo, Jefe del Servicio de Turismo Interior, Jefe de la Sección de Recursos Turísticos, Jefe de la Sección de Fomento, de la Secretaría de Estado de Turismo, actuando como Secretario el Jefe del Negociado de Promoción de Turismo Interior.

Artículo 8.

Se facilita a la Secretaría de Estado de Turismo para desarrollar la presente Orden, así como para adjudicar estos premios, previa propuesta del Jurado mediante Resolución dictada antes del 31 de diciembre del año correspondiente al de la convocatoria de los premios y que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», asimismo se faculta a dicha Secretaría para convocar y adjudicar en años sucesivos dichos premios, previa propuesta del Jurado.

Artículo 9.

Las diapositivas que no hayan sido premiadas podrán ser retiradas por sus autores o personas en quienes deleguen, dentro de los treinta días naturales, contados a partir de la fecha de la publicación de la Resolución, en virtud de la cual se otorguen los premios; en caso contrario pasarán a integrarse en los fondos de la Secretaría de Estado de Turismo.

Disposición transitoria única.

Quedan convocados los «Premios Nacionales de Fotografía Turística de España», correspondientes al año 1979, por la cuantía y en la forma que en esta Orden se determine.

Lo que comunico a V. E. y V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de abril de 1979.

GARCIA DIEZ

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Turismo e Ilmo. Sr. Director general de Promoción del Turismo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/04/1979
  • Fecha de publicación: 29/06/1979
  • Fecha de derogación: 18/06/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Fotografía
  • Premios
  • Turismo

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