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Documento BOE-A-1979-15609

Orden de 24 de abril de 1979 sobre creación, ampliación, supresión, transformación, etc., de Centros docentes estatales de Educación General Básica y Preescolar en diversas provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 1979, páginas 14966 a 14967 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-15609

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistos los expedientes y las correspondientes propuestas e informes de las Delegaciones Provinciales del Departamento e Inspecciones Técnicas Provinciales;

Teniendo en cuenta que en todos los documentos se justifica la necesidad de las variaciones en la composición actual de los Centros Escolares de Educación General Básica y Preescolar,

Este Ministerio ha dispuesto modificar los Centros docentes estatales de Educación General Básica y Preescolar que figuran en los apartados siguientes:

Primero.

Modificaciones que suponen creación de unidades escolares.

Centros escolares con indemnización en metálico sustitutiva de casa-habitación.

Provincia de Córdoba

Municipio: Cabra. Localidad: Cabra.–Ampliación del Colegio Nacional mixto «Andrés de Cervantes», que pasará a ser comarcal, domiciliado en avenida Fuente las Piedras, que contará con 20 unidades ecolares mixtas, de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos), una unidad escolar mixta de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean dos unidades escolares mixtas de Educación General Básica y una unidad escolar mixta de Educación Especial. Su marco de comarcalización abarcará inicialmente a las localidades de La Camorra y El Algar (ambas del municipio de Cabra) por concentración en este Colegio Nacional mixto comarcal. De estas localidades se suprimen en otro aprtado de esta misma Orden la unidad escolar de La Camorra, reconociéndose a su propietario definitivo el derceho que pueda alcanzarle, así como a los profesores titulares de las unidades escolares pertenecientes a este mismo ámbito que pudieran ser suprimidas en un futuro, desde el momento en que se suprimen, a servir plaza en este Colegio Nacional mixto comarcal al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3Q99/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Lucena. Localidad: Lucena.–Modificación del Colegio Nacional mixto «Nuestra Señora de Araceli», domiciliado en Paseo de Rojas, 2, que contará con 26 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos) y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean dos unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos) y la plaza de Dirección con función docente, se suprimen las plazas de Dirección sin curso (una, de ellas excedente), se desglosan y trasladan, convertidas en unidades escolares mixtas de Educación General Básica, las dos unidades escolares de niños y las nueve unidades escolares de niñas que pasan a integrarse en el nuevo Colegio Nacional mixto «El Prado», sito en el mismo municipio y localidad, y se transforman en unidades escolares mixtas de Educación General Básica las 14 unidades escolares de niños y las 12 unidades escolares de niñas restantes existentes en el Centro.

Provincia de La Coruña

Municipio: Frades. Localidad: Puente Carreira.–Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal, domiciliado en Puente Carreira, que contará con 15 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar (párvulos), una unidad escolar de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean una unidad escolar mixta de Educación General Básica y la plaza de Dirección con función docente. Su marco de comarcalización abarcará inicialmente a la localidad de Zochal-Papucin (municipio Frades), cuya unidad escolar se suprime en otro apartado de esta Orden, por concentración en este Colegio Nacional comarcal, reconociéndose a su propietaria definitiva el derecho que pueda alcanzarle, así como a los profesores titulares de las unidades escolares pertenecientes a este mismo ámbito que pudieran ser suprimidas en un futuro, desde el momento en que se suprimen, a servir plaza en este Colegio Nacional mixto comarcal, al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/ 1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mazaricos. Localidad: Pino de Val.–Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal, que contará con 11 uni

dades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con curso. A tal efecto, se crea una unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Municipio: Santiago de Compostela. Localidad: Santiago de Compostela.–Ampliación del Colegio Nacional de niñas «Pío XII», domiciliado en calle San Clemente, sin número (siete unidades escolares); plaza de la Inmaculada, 5 (12 unidades escolares), y San Cayetano, sin número (14 unidades escolares), que contará con 30 unidades escolares.de niñas, tres unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos) y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean dos unidades escolares de niñas.

Municipio: Tordoya. Localidad: Pontepedra.–Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal «Pecalama», que contará con 14 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar (párvulos), una unidad escolar mixta de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean una unidad escolar mixta de Educación General Básica y una unidad escolar mixta de Educación Especial, y se integra la unidad escolar de Educación Preescolar (párvulos), que funcionaba como unidad independiente, y que fue creada por Orden ministerial de 30 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de mayo). Se crea la Dirección con función docente. Se hace constar que la localidad en que está domiciliado este Colegio Nacional mixto comarcal es Pontepedra, perteneciente a la Parroquia de Cabaleiros, que figuró como domicilio en el Decreto de creación y que no es la localidad de Tordoya, que, por error se hizo figurar en dicho Decreto, así como en las Ordenes posteriores.

Provincia de Gerona

Municipio: Sils. Localidad: Sils.–Ampliación del Colegio Nacional mixto «Verdaguer», que pasará a ser comarcal, domiciliado en calle José Antonio, 16, y contará con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos) y Dirección con curso. A tal efecto, se crea una unidad escolar de Educación Preescolar (párvulos). Su marco de comarcalización abarcará inicialmente a la localidad de Vallcanera (del mismo municipio), cuya unidad escolar se suprime en otro apartado de esta Orden, por concentración en este Colegió Nacional mixto comarcal, reconociéndose a su propietario definitivo el derecho que pueda alcanzarle, así 'como a los profesores titulares de las unidades escolares pertenecientes a este mismo ámbito que puedieran ser suprimidas en un futuro, desde el momento en que se supriman, a servir plaza en este Colegio Nacional mixto comarcal, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de Guipúzcoa

Municipio: Hernani. Localidad: Lasarte.–Constitución del Colegio Nacional mixto «Pablo Garaicoechea», domiciliado en calle Legazpi, sin número, que contará con 16 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar mixta de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean cinco unidades escolares mixtas de Educación General Básica, une unidad escolar mixta de Educación Especial y la plaza de Dirección con función docente, y se integran y trasladan, procedentes del Colegio Nacional mixto «Sasoeta», del mismo municipio y localidad, 11 unidades escolares mixtas de Educación General Básica.

Provincia de Huesca

Municipio: Fraga. Localidad: Fraga.–Ampliación del Colegio Nacional mixto «San José de Calasanz», domiciliado en avenida de los Deportes, 4, que contará con 18 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, cuatro unidades escolares de Educación Preescolar (párvulos), una unidad escolar mixta de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crea una unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Segundo.

Modificaciones de Centros Escolares estatales que implican supresión de unidades escolares o plazas de Directores escolares. Estas supresiones tendrán efectividad inmediata, debiendo cesar los Maestros o Directores que sirvan las unidades escolares o plazas de Directores suprimidas.

Provincia de Córdoba

Municipio: Cabra, Localidad: La Camorra.–Supresión de la unidad escolar de asitencia mixta. Se reconoce al Profesor titular de dicha unidad escolar el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional mixto comarcal «San Andrés de Cervantes», de Cabra (municipio Cabra), al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Luque. Localidad: Luque.–Supresión de la unidad escolar de niños que dependía del presupuesto del Movimiento.

Provincia de La Coruña

Municipio: Prades. Localidad: Zochal-Papucin.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica. Se reconoce a la Profesora titular de dicha unidad escolar el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional mixto comarcal de Puente Carreira (municipio Frades), al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de Gerona

Municipio: Vallcanera. Localidad: Vallcanera.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica. Se reconoce a la Profesora titular de la unidad escolar que se suprime el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional mixto comarcal «Verdaguer», de Sils, al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de León

Municipio: Turcia. Localidad: Gavilanes de Orbigo.–-Supresión de la unidad escolar de niños y trasfromación en mixta de la unidad escolar de niñas.

Tercero.

Modificaciones de Centros escolares que, sin alterar el número de unidades escolares ni el de plazas de Directores escolares existents, hacen variar la composición, el régimen, el emplazamiento de los edificios escolares o la denoninación de los Centros afectados, en la forma que se especifica para cada caso Con respecto a los traslados de locales que se incluyen, habrán de cumplirse los requisitos prevenidos en la orden de 18 de diciembre de 1953. Cuando se trate de unidades escolares dependientes de Consejos Escolares Primarios que pasen a ser de régimen normal de provisión o de Centros que funcionen en régimen de Administración Especial depedeintes de Junta de Promoción Educativa, habrá de acreditarse a-los maestros titulares la indemnización de casa-habitación con cargo al Estado si no se les facilita vivienda.

Provincia de Córdoba

Municipio: Lucena. Localidad: Lucena.–Modificación del Colegio Nacional mixto «Barahona de Soto», domiciliada en calle Ancha. 40, que contará con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con curso. A tal efecto, se suprime la Dirección sin curso, se desglosan y trasladan, convertidas en unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de niños y tres unidades escolares de niñas, que pasan a integrarse en el nuevo Colegio Nacional mixto «El Prado», sito en el mismo municipio y localidad, y se transforman en unidades escolares mixtas de Educación General Básica las siete unidades escolares de niños y la unidad escolar de niñas restantes existentes en el Centro.

Municipio: Lucena. Localidad: Lucena –Constitución del Colegio Nacional mixto «El Prado», domiciliado en avenida Muñoz Grandes, sin número, que contará con 16 unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con función docente. A tal efecto, se integran y trasladan, convertidas en unidades escolares mixtas de Educación General Básica, las siguientes unidades escolares: Dos unidades escolares de niños y nueve unidades escolares de niñas, que se desglosan del Colegio Nacional mixto «Nuestra Señora de Araceli», y dos unidades escolares de niños y tres unidades escolares de niñas, que se desglosan del Colegio Nacional mixto «Barahona de Soto», ambos del municipio y localidad de Lucena. Se crea la Dirección con función docente.

Provincia de Cuenca

Municipio: Beteta. Localidad: Beteta.–Se amplía la Orden ministerial de 25 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero) por la que se constituía el Colegio Nacional mixto comarcal, domiciliado en plaza del Generalísimo, 2, y que consta de ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con curso, haciendo constar que su marco de comarcalización abarcará inicialmente a las localidades de Cañizares, Carrascosa y Poyatos, por concentración en este Colegio Nacional comarcal. De estas localidades se suprimía en otro apartado de la Orden ministerial de 15 de noviembre de 1978 la unidad escolar de Cañizares (del mismo municipio), reconociéndose a su propietario definitivo el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en este Colegio Nacional mixto comarcal, así como a los profesores titulares de les unidades escolares pertenecientes a este mismo ámbito que pudieran ser suprimidas en un futuro, desde el monento en que se suprimen, al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Cañizares. Localidad: Cañizares.–Se amplía la Orden ministerial de 15 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1979) por la que se suprimía la unidad escolar de niños y se transformaba en unidades escolares mixtas de Educación General Básica las dos unidades escolares de niñas existentes en el Centro, haciendo constar que se reconoce al Profesor titular de dicha unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional mixto comarcal de Beteta (del mismo municipio), al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de Guipúzcoa

Municipio: Hernani. Localidad: Lasarte.–Modificación del Colegio Nacional mixto «Sasoeta», domiciliado en Barrio de Sasoeta, que contará con 18 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar mixta de Educación

Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se desglosan y trasladan, para se, integración en el Colegio Nacional mixto «Pablo Garaicoechea», del mismo municipio y localidad, 11 unidades escolres mixtas de Educación General Básica, y se transforma una unidad escolar mixta de Educación General Básica en unidad escolar mixta de Educación Especial.

Cuarto.

Observaciones, aclaraciones o rectificaciones a Ordenes anteriores relativas a los Centros estatales que se citan.

Provincia de La Coruña

Municipio: Mesía Localidad: Olás.–Se rectifica la Orden ministerial de 11 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de enero de 1979) por la que se suprimía la unitaria de niñas y se transformaba en mixta de Educación General Básica la unitaria de niños, por haber sufrido error en la redacción de la misma, debiendo quedar como sigue: Supresión de la unitaria de niños y transformación de la unitaria de niñas de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 24 de abril de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Director general de Educación Básica.

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