Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta de esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre la petición de don Antonio Clemente López para instalar una sala de despiece de carnes y fábrica de embutidos, en Plasencia (Cáceres), acogiéndose a los beneficios del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente y demás disposiciones complementarias,
Este Ministerio ha dispuesto:
1. Declarar la industria de sala de despiece de carnes y fábrica de embutidos de don Antonio Clemente López, en Plasencia (Cáceres), comprendida en la zona de preferente localización industrial agraria de la provincia de Cáceres del Real Decreto 1194/1977, de 15 de abril.
2. Otorgar para la instalación de esta industria los beneficios de los artículos tercero y octavo del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto los relativos a reducción de impuestos sobre las rentas del capital, libertad de amortización durante el primer quinquenio, reducción de derechos arancelarios y expropiación forzosa por no haber sido solicitada.
3. La totalidad de la instalación de referencia quedará comprendida en zona de preferente localización industrial agraria.
4. Conceder un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar el proyecto definitivo.
5. Conceder un plazo de un mes para la iniciación de las obras y de seis meses para su terminación, contados ambos a partir, del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden de aprobación del proyecto definitivo.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 2 de junio de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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