Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-15895

Orden de 30 de mayo de 1979 por la que se declara comprendida en zona de preferente localización industrial agraria la industria de concentración de suero de quesería a instalar en Villarrobledo (Albacete) por «Forrajes y Lácteos, Sociedad Anónima» (FORLASA).

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 1979, páginas 15192 a 15192 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-15895

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por «Forrajes y Lácteos, S. A.» (FORLASA), para acoger la instalación de una industria de concentración de suero de quesería en Villarrobledo (Albacete) a los beneficios señalados en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias de interés preferente, según los criterios del Real Decreto 634/1978, de 13 de enero, de ampliación de zonas de preferente localización industrial agraria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Uno.

Declarar la industria de concentración de suero de quesería a instalar en Villarrobledo (Albacete) por «Forrajes y Lácteos, S. A.» (FORLASA), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria, a los efectos de lo que dispone la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, según la normativa del Decreto 2853/1974, de 8 de septiembre, y con los criterios establecidos por el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero.

Dos.

Incluir dentro de la zona de preferente localización industrial agraria la actividad propuesta.

Tres.

Otorgar los beneficios señalados en los artículos 3.º y 8.º del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto el derecho a la expropiación forzosa de los terrenos, en la cuantía que determina el grupo «A» de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo de 1965.

Cuatro.

Aprobar el proyecto presentado, cuyo presupuesto asciende a 30.149.075 pesetas, y conceder una subvención que ascenderá, como máximo, a 3.014.907 pesetas.

Cinco.

Conceder un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de aceptación de la resolución ministerial, para la iniciación de las obras y otro hasta el 31 de diciembre de 1979, para la terminación de las mismas con todas las instalaciones, debiendo ajustarse al proyecto que ha servido de base a la presente Orden.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de mayo de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid