El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 19 de abril de 1979 ha resuelto adjudicar definitivamente a «Autobuses Herranz, S. L.», el servicio público regular de transporte de viajeros, equipajes y encargos por carretera entre los puntos indicados, como resultante de la unificación de los servicios de igual clase (V-1.325) entra San Lorenzo de El Escorial y la estación de ferrocarril y (V-3.179) San Lorenzo de El Escorial a San Lorenzo de El Escorial (circular), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones:
Itinerario: San Lorenzo de El Escorial-San Lorenzo de El Escorial (circular), de 7,720 kilómetros de longitud; pasará por la estación de ferrocarril de El Escorial, El Escorial, El Alamo, Instituto y barrio del Rosario. El recorrido por el itinerario descrito se realizará con parada obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en los puntos en él mencionados.
Expediciones: San Lorenzo de El Escorial-estación de ferrocarril de El Escorial, doce de ida y vuelta, diarios.
San Lorenzo de El Escorial-San Lorenzo de El Escorial (circular), sin pasar por la estación de ferrocarril, dos de ida y vuelta, los días lectivos.
Tarifas: Clase única, a 1,86 pesetas viajero por kilómetro. Exceso de equipajes y encargos, 0,279 pesetas por cada 10 kilogramos por kilómetro o fracción.
Clasificación del servicio respecto al ferrocarril: En la aplicación del Reglamento de Coordinación de los Transportes Terrestres, el presente servicio se clasifica en relación con el ferrocarril, afluente del grupo b).
Madrid, 19 de abril de 1979.–El Director general, José Luis García López.—2.783-A.
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