El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 23 de mayo de 1979 ha resuelto otorgar definitivamente a don Ricardo Sigüenza Berna la concesión del citado servicio como prolongación la primera e hijuelas las dos últimas, del ya establecido entre Abanilla y Orihuela (V-485), provincias de Alicante y, Murcia, con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de Transportes vigentes, y entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud 22,3 kilómetros.
– Abanilla, El Partidor, Tolle y La Ombría, de 9,9 kilómetros de longitud.
– Cruce de la carretera A-413, Los Pérez, Los Paganes, Casas Coloradas y cruce con la N-340 de 6,2 kilómetros de longitud.
– La Matanza y cruce de la A-413, de 6,2 kilómetros de longitud, se realizará sin paradas fijas intermedias.
Expediciones:
Entre Abanilla y La Ombría, una de ida y vuelta los martes, viernes y sábados.
– Entre cruce de la carretera A-413 y cruce con la N-340, una de ida y vuelta los martes, y viernes.
Las anteriores expediciones se realizarán en conjunto con el servicio-base.
– Entre La Matanza y Orihuela una de ida y vuelta los lunes, miércoles y sábados, con la intensificación del servicio-base en el tramo parcial afectado.
Tarifas: Las mismas del servicio-base V-485.
Clasificación respecto al ferrocarril: Afluente b) en conjunto con el servicio-base V-485.
Madrid, 23 de mayo de 1979.–El Director general, Pedro González-Haba y González.—2.952-A.
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