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Documento BOE-A-1979-16343

Orden de 29 de mayo de 1979 por la que se concede la libertad condicional a 17 penados.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 1979, páginas 15654 a 15654 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-16343

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistas las propuestas formuladas para la aplicación del beneficio de libertad condicional establecido en los artículos 98 al 100 del Código Penal y Reglamento de los Servicios de Prisiones, aprobado por Decreto de 2 de febrero de 1956 y modificado por Decreto de 25 de enero de 1968, y Real Decreto de 29 de julio de 1977; a propuesta de esa Dirección General y previos informes de los Tribunales sentenciadores y do la Junta del Patronato de Nuestra Señora de la Merced, Este Ministerio ha tenido a bien conceder la libertad condicional a los siguientes penados:

Del Instituto Geriátrico Penitenciario de Almería: Ramón López Aparicio y Ronald Moore.

Del Centro Penitenciario de Detención de Hombres, de Barcelona: Ramón Freire Martínez, José Reche Belmonte y Francisco Rosell Mas.

Del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Castillejo: Emilio Leal García.

Del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Herrera de la Mancha: Agustín Muñoz Muñoz.

Del Centro Penitenciario de Detención de Las Palmas de Gran Canaria: Juan Carlos Perera del Rosario.

Del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Lérida: Domingo Modol Verdú y René Genolini.

Del Complejo Penitenciario Femenino de Madrid: Rosaria de Jesús Martins y Claudia Genoveva Rivera Gómez.

Del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Santa Cruz de Tenerife: Juan Melián Alvarez.

Del Centro Penitenciario de Cumplimiento de Santoña: Manuel Casermeiro Chica.

Del Centro Penitenciario de Detención de Hombres de Barlencia: Antonio Sánchez Mateo, Pedro Antonio Cervera Martínez y Antonio Romero Leyva.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 29 de mayo de 1979.

CAVERO LATAILLADE

Ilmo. Sr. Director general de Instituciones Penitenciarias.

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