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Documento BOE-A-1979-16359

Orden de 22 de mayo de 1979 por la que se pone en funcionamiento un Centro Nacional de F. P. de Primero y Segundo Grados en la localidad de Siles (Jaén).

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 1979, páginas 15659 a 15660 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-16359

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En uso de las facultades conferidas en el artículo 3.° del Real Decreto 705/1979, de 13 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 5 de abril siguiente), por el que se transforma en Centro Nacional de Formación Profesional la actual Sección de Formación Profesional de Primer grado de la localidad de Siles (Jaén), que habrá de funcionar en los locales del Patronato Benéfico Docente «Fundación Marín»,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

El Centro Nacional de Formación Profesional de Primero y Segundo grados de Siles impartirá las enseñanzas de Formación Profesional de Primero y Segundo grados que a continuación se expresan, a partir del próximo curso académico 1979-80.

Primer grado en las Ramas de:

Metal, Profesión Mecánica.

Eléctrica, Profesión Electricidad,

Automoción, Profesión de Mecánica del Automóvil.

Administrativa y Comercial, Profesión Administrativa.

Segundo grado en las Ramas de:

Electricidad y Electrónica, Especialidad de Instalaciones y líneas eléctricas.

Administrativa y Comercial, Especialidad Administrativa.

Igualmente impartirá el Curso de Adaptación.

Segundo

Las anteriores enseñanzas del Segundo grado no podrán implantarse cuando el número de alumnos inscritos provisionalmente, en cada Especialidad, sea inferior a veinte.

Tercero.

La plantilla de Profesorado del Centro de referencia será la que a continuación se relaciona:

Area Formativa Común

Un Profesor de Lengua.

Un Profesor de Formación Humanística.

Un Profesor de Idioma moderno.

Un Profesor de Formación Religiosa.

Un Profesor de Educación Físico Deportiva.

Area de Ciencias Aplicadas

Un Profesor de Matemáticas.

Un Profesor de Física y Química.

Un Profesor de Ciencias de la Naturaleza.

Area de Ampliación de conocimientos

Un Profesor de Organización Empresarial.

Un Profesor de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Un Profesor de Legislación.

Area de Conocimientos técnicos y prácticos

Un Profesor de Técnicas de Expresión Gráficas.

Un Profesor de Tecnología del Metal.

Dos Profesores de Tecnología Eléctrica.

Un Profesor de Tecnología de Automoción.

Dos Profesores de Tecnología Administrativa.

Un Maestro de Taller del Metal.

Dos Maestros de Taller de Electricidad.

Un Maestro de Taller de Automoción.

Dos Profesores de Prácticas Administrativas (M. T.).

Cuarto.

En principio, siempre que la suma de horas de clase asignadas a un Profesor no exceda de las señaladas para la dedicación exclusiva, se nombrará a un solo Profesor para las asignaturas de Lengua Española y Formación Humanística, otro para las asignaturas de Física y Química y Ciencias de la Naturaleza y un solo Profesor para toda el Area de Ampliación de Conocimientos.

Quinto.

Los gastos de personal administrativo y subalterno que sea preciso contratar, serán financiados con cargo al presupuesto del Patronato de Promoción de la Formación Profesional. Asimismo y con cargo a este Patronato se abonarán los gastos de toda clase que ocasione el funcionamiento del nuevo Centro. Igualmente los gastos de material inventariable y mobiliario, serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional.

Sexto.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para determinar el personal administrativo y subalterno que deba ser contratado, así como para adoptar las Resoluciones que estime pertinentes con objeto de que el nuevo Centro estatal pueda comenzar sus actividades, así como cuantas medidas considere necesarias para el buen funcionamiento del mismo.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 22 de mayo de 1979.–P. D., El Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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