Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-16429

Resolución del Gobierno Civil de Santander por la que se declara la necesidad de ocupación del inmueble que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 1979, páginas 15758 a 15759 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1979-16429

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de expropiación de un solar sito en Laredo, para la construcción de una Casa del Mar en dicha villa; y

Resultando que por Ley 90/1978, de 28 de diciembre, se declaró de interés social la construcción de una Casa del Mar en Laredo (Santander), a los efectos previstos en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, la cual albergará junto a un Centro Sanitario otros Servicios de formación cultural y bienestar;

Resultando que habiendo tenido entrada en este Gobierno Civil el referido expediente con fecha 17 de enero de 1979 se procedió a insertar los correspondientes anuncios en el «Boletín Oficial del Estado», «Boletín Oficial de la Provincia» y diario «Alerta» de esta capital, y asimismo fue notificado a las partes interesadas. Instituto Social de la Marina y Fundación «Fuente Fresneda y Revilla», y publicado el pertinente anuncio de expropiación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Laredo, con el fin de que se presentaran las alegaciones oportunas;

Considerando que no habiéndose formulado alegación alguna al respecto, se solicitó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento para Expropiación, de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, informe de la Abogacía del Estado, la cual, con fecha 14 de mayo del año en curso manifiesta que no existe obstáculo alguno para que por mi autoridad se dicte el correspondiente acuerdo de necesidad de ocupación, tal como disponen los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19 de su Reglamento;

Vistos los citados artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículos 19 y 20 de su Reglamento,

He resuelto declarar la necesidad de ocupación del inmueble que se describe así; «Solar en la villa de Laredo (Santander), con una superficie de 1.033 metros cuadrados, que linda: Al Sur, con la calle de San Francisco, en línea de fachada 57,45 metros; al Este, con la calle del Espíritu Santo, en línea de fachada de 16,50 metros; al Norte, con la propiedad de don Eleuterio Extramiana y con la casa número 14 de la calle del Espíritu Santo en línea de medianería y patio de 50 metros, y al Oeste, con terrenos de la Fundación "Fuente Fresneda y Revilla" en línea de fachada de 20,80 metros.

Estado material del inmueble.‒Sobre este solar se halla construido un edificio dedicado, en tiempos pasados, a hospital, constituido por tres pabellones que ocupan una superficie de 745 metros cuadrados, dos de estos pabellones son de dos plantas y el tercero de una sola, todo ello en estado de ruina. Este inmueble pertenece en propiedad a la Fundación "Fuente Fresneda y Revilla", domiciliada en Laredo, Hospital del Espíritu Santo, y forma parte de un solar de mayor superficie, del cual habrá de ser separado.»

Se consideran interesados, a efectos de sucesivos trámites, el Instituto Social de la Marina y la Fundación «Fuente Fresneda y Revilla», de la presente Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», «Boletín Oficial» de la provincia y en uno de los diarios de mayor circulación, así como en, el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Laredo, se dará traslado a las partes interesadas en el procedimiento expropiatorio, adviertiéndoles que contra la presente Resolución podrán interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Sanidad y Seguridad Social, dentro del plazo de quince días.

Santander, 15 de mayo de 1979.‒El Gobernador civil.‒7.343-E. 

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid