Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-16637

Orden de 5 de junio de 1979 sobre contrato de cesión de «Elf Aquitaine» y «Ciepsa» a «Eniepsa» y «Campsa» de determinadas participaciones en el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Orduña-Zuazo».

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1979, páginas 16041 a 16041 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16637

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistos los escritos presentados por las Sociedades «Elf Aquitaine de Investigaciones Petrolíferas, S. A.» (Elf Aquitaine), anteriormente denominada «Empresa Nacional de Petróleos de Navarra, S. A.» (ENPENSA); «Empresa Nacional de Investigación y Explotación de Petróleo, S. A.» (ENIEPSA), anteriormente «Empresa Nacional de Petróleos de Aragón, Sociedad Anónima» (ENPASA); «Compañía de Investigaciones y Explotaciones Petrolíferas S. A.» (CIEPSA), y «Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, S. A.» (CAMPSA), en su calidad de Administradora del mismo, cotitulares con participaciones indivisas respectivas del 20 por 100, 30 por 100, 36 por 100 y 14 por 100 en el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Orduña-Zuazo», en solicitud de aprobación por la Administración del proyecto de contrato firmado por ellas, en virtud de cuyas estipulaciones se establece que «Elf Aquitaine» y «Ciepsa» desean ceder respectivamente la totalidad de su participación que constituye el 20 por 100 de interés y el 2 2/3 por 100 de la titularidad que actualmente ostenta, en proporción respectiva de aumento de un 3 1/3 por 100 y de 19 1/3 por 100 a «Eniepsa» y a «Campsa» que desean adquirirlas, interés resultante de la aplicación legalizada por Decreto 1567/1972, de 2 de junio, de otorgamiento del permiso, modificado por cesiones aprobadas por Decreto 3291/1975, de 25 de noviembre, y 3701/1975, de 19 de diciembre;

Informado favorablemente el expediente por la Dirección General de la Energía y tramitado con arreglo a lo dispuesto por el articulo 10 de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974 y preceptos concordantes de su Reglamento de 30 de julio de 1976,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se aprueba el contrato de 14 de julio de 1978 suscrito por «Elf Aquitaine de Investigaciones Petrolíferas, S. A.» (Elf Aquitaine), «Empresa Nacional de Investigación y Explotación de Petróleo, S. A.» (ENIEPSA), «Compañía de Investigaciones y Explotaciones Petrolíferas, S. A.» (CIEPSA), y «Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, S. A.» (CAMPSA), en calidad de Administradora del mismo, en virtud del cual, y de acuerdo con las estipulaciones del mencionado contrato que se aprueba, «Elf Aquitaine» y «Ciepsa» ceden a «Eniepsa», y a «Campsa», que las aceptan, participaciones indivisas respectivas del 20 por 100 y del 2 2/3 por 100 de la titularidad que actualmente ostentan en el permiso de investigación de hidrocarburos «Orduña-Zuazo», de los que son titulares en virtud de otorgamiento legalizado por Decreto 1567/1972, de 2 de junio, modificada por cesiones aprobadas por Decretos 3291/1975, de 25 de noviembre, y 3701/1975, de 19 de diciembre, cesión que para «Elf Aquitaine» representa la totalidad de su interés en el permiso y que son adjudicadas de tal modo que «Eniepsa» experimenta un aumento en su participación de un 3 1/3 por 100 y «Campsa» de un 19 1/3 por 100.

Segundo.

Como consecuencia del contrato de cesión que se aprueba, la titularidad del permiso «Orduña-Zuazo» queda compartida en la siguiente forma:

«Eniepsa», 33 1/3 por 100.

«Ciepsa». 33 1/3 por 100.

«Campsa», 33 1/3 por 100.

Esta titularidad en todo momento y a los efectos de la Ley 21/1974, será conjunta y mancomunada.

Tercero.

El permiso, objeto del presente contrato, continuará sujeto al contenido del Decreto 1567/1972, de 2 de junio, por el que fue otorgado.

Cuarto.

Que en consecuencia se aprueba el acuerdo de las partes por el que se nombra operador a «Eniepsa» en sustitución de «Elf Aquitaine».

Quinto.

«Ciepsa» deberá ajustar sus garantías a las nuevas participaciones aprobadas y a «Elf Aquitaine» se le devolverán las constituidas en las condiciones establecidas por los artículos 24 de la Ley 21/1974, y 73 del Reglamento de 30 de julio de 1976.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 5 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Enrique García-Roméu Fleta.

Ilmo. Sr. Director general de la Energía.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid