Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de José María Reig Oller, con domicilio en Solsona, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2817/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre Ordenación y Defensa de la Industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Lérida, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:
Autorizar al peticionario el establecimiento de las instalaciones eléctricas cuyo objeto y principales características son:
Línea a 25 KV. a E. T. número 82, «Instituto», en término municipal de Solsona.
Línea eléctrica
Origen de la línea: Apoyo número 3 de la modificación anterior.
Final de la línea: E T. número 82, «Instituto».
Término municipal afectado: Solsona.
Tensión de servicio en KV.: 25.
Longitud en kilómetros: 0,60.
Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 31,1 milímetros cuadrados, de aluminio-acero.
Estación transformadora
Estación transformadora número 82, «Instituto».
Emplazamiento: Término municipal de Solsona.
Tipo: Interior, un transformador de 100 KVA., 25/0,38 KV.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de 20 de octubre de 1966.
El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año, a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966
Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta concesión si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la empresa que figuran en el expediente o el incumplimiento del plazo concedido.
Lérida, 9 de mayo de 1979.–El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.–1.992-D.
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