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Documento BOE-A-1979-16659

Resolución de la Delegación Provincial de Sevilla por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1979, páginas 16047 a 16047 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16659

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».

Domicilio: Avenida de la Borbolla, 5.

Línea eléctrica

Origen: Poste existente en la línea Gilena-Pedrera.

Final: Caseta proyectada.

Término municipal afectado: Pedrera.

Tipo: Aérea.

Longitud en kilómetros: 0,313.

Tensión de servicio: 20 KV (provisionalmente 15 KV).

Conductores: Cable aluminio-acero de 54,6 milímetros cuadrados.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aisladores: Cadena de amarre.

Estación transformadora

«José Antonio».

Emplazamiento: Calle José Antonio en Pedrera.

Finalidad de la instalación: Suministro de energía eléctrica al citado sector de la población.

Características principales:

Tipo: Intemperie.

Potencia: 160 KVA.

Relación de transformación: 15.000-20.000/220-127 V:

Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto: 611.567 pesetas.

Referencia: R. A. T. 12.120. Expediente 120.751.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Sevilla, 4 de junio de 1979.–El Delegado provincial, Juan Grau Carril.–4.284-14.

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