Conforme a lo dispuesto en el número 4 del artículo 31 del Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se hace saber que en el diario «Córdoba» del día 23 de mayo de 1979 y en el «Boletín Oficial» de esta provincia número 119, del día 26 de mayo de 1979, se ha insertado la relación de interesados y bienes afectados por la solicitud de imposición de servidumbre forzosa y declaración de urgente ocupación, formulada por «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.», para una nueva línea a 380 KV., desde la subestación «Guadalquivir Medio», en Marmolejo (Jaén), a la subestación «Tajo de la Encantada», en Alora (Málaga), cuya línea fue autorizada y declarada en concreto de utilidad pública por la Dirección General de la Energía con fecha 22 de junio de 1977.
Córdoba, 6 de julio de 1979.‒El Delegado provincial, accidental, Alfonso Rodríguez Boti.‒4.740-13.
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