Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Territorial de Madrid, con fecha 23 de marzo de 1979, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1459/1976, interpuesto por don Ulises Calvo Escalera, sobre reconocimiento de servicios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por don Ulises Calvo Escalera contra la denegación expresa por Resolución de 10 de marzo de 1976 y 24 de noviembre de 1976 del Subsecretario del Ministerio de Agricultura a la pretensión del actor al reconocimiento, a efectos de trienios,, de los servicios prestados desde el 15 de enero de 1966 a 22 de junio de 1973, en calidad de Ingeniero Agrónomo contratado, por ser dichas Resoluciones ajustadas a Derecho; sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guardé a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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