Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional con fecha 31 de enero de 1979 en el recurso contencioso-administrativo número 40.996, interpuesto por don José Vicente Savall Savall y otros, contra este Departamento, sobre traslado de oficina de farmacia,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso por hallarse ajustadas a Derecho las Resoluciones de la Dirección General de Sanidad de 22 de marzo y 16 de septiembre de 1976; sin expresó pronunciamiento sobre costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 11 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario del Departamento, Eloy Ybáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.
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