Ilmo. Sr.: Lo firma «Ertisa, S. A.», beneficiario del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 30 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), para la importación de cumeno y la exportación de fenol y acetona, solicita prórroga del plazo de transformación y exportación en el sistema de devolución de derechos arancelarios.
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Modificar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Ertisa, S. A », con domicilio en avenida de Brasil, 5, 7.°, Madrid-20, por Orden ministerial de 30 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), en el sentido de que para las declaraciones de Adeudo de la Aduana de Huelva números 523-78, 556-78, 689-78, 712-78, 732-78, 755-78, 36-79, 54-79, 72-79, 86-79, 102-79, -147-79 y 167-79, el plazo de transformación y exportación en el sistema de devolución de derechos arancelarios será de un año.
Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 30 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo) que ahora se modifica.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid 11 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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