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Documento BOE-A-1979-1707

Orden de 5 de diciembre de 1978 por la que se transfiere el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Productos Riera, S.A.», por Orden de 2 de noviembre de 1977 y modificada por Orden ministerial de 7 de julio de 1978 a la firma «Productos Aditivos, S.A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1979, páginas 1312 a 1312 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-1707

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «Productos Riera, S. A.», beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 2 de noviembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de noviembre) y modificada por Orden ministerial de 7 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado», de 23 de agosto) para la importación de ácido sulfónico y ciclohexilamina y la exportación de ciclamato sódico 100 por 100, solicita la transferencia del régimen a la firma «Productos Aditivos. S. A.»,

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha, resuelto:

Primero.

Transferir el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Productos Riera, S. A.», con domicilio en Obispo Irurita, 25, Moncada y Reixach (Barcelona), por Orden ministerial de 2 de noviembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de noviembre), modificada por Orden ministerial de 7 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de agosto), a la firma «Productos Aditivos, S. A», domiciliada en paseo de Gracia, 89, Barcelona, por cambio de titularidad debidamente justificada.

Segundo.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 11 de septiembre de 1978 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y de devolución de derechos derivados de la presente transferencia de titularidad, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución Para estas exportaciones, los plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 2 de noviembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de noviembre), modificada por Orden ministerial de 7 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de agosto), cuya titularidad ahora se transfiere.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 5 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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