Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme, en 27 de noviembre de 1979, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por «Cooperativa de Pesca de Altura del Puerto de Pasajes» y seguido ante la Audiencia Nacional,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuyo fallo dice lo que sigue:
«Fallamos: Desestimamos el recurso, por hallarse ajustada a derecho la resolución del excelentísimo señor Ministro de Trabajo de cuatro de abril de mil novecientos setenta y cinco; sin expreso pronunciamiento sobre costas.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Jerónimo Arozamena, Joaquín Alonso Martirena, Juan Manuel Orbe, Federico Sainz de Robles y Fernando Ledesma (rubricado.)»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 26 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Gerardo Harguindey Banet.
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.
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