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Documento BOE-A-1979-17578

Resolución de la Secretaría de Estado para la Información por la que se dispone se cumpla en sus propios términos el fallo de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 20.571.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 1979, páginas 16950 a 16950 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-17578

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 20.571, ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional entre «Affiche Publicidad Exterior, S. A.», como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra Resolución de 24 de mayo de 1977 sobre sanción, se ha dictado con fecha 2 de enero de 1979 sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo y anulamos, por no estar ajustados a Derecho, los acuerdos del Subsecretario de Información y Turismo, por delegación, de 24 de mayo y 14 de noviembre de 1977, el segundo desestimatorio del recurso de reposición entablada contra el anterior, que impusieron a la Empresa demandante la sanción de multa de 25.000 pesetas, y declaramos la procedencia de devolver la cantidad que, en su caso, haya hecho efectiva; todo ello sin expresa condena en costas.

Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Información ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 26 de junio de 1979.‒El Secretario de Estado, José Meliá Pericás.

Ilmo. Sr. Secretario general de la Secretaría de Estado para la Información.

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