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Documento BOE-A-1979-17769

Orden de 29 de mayo de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 507.713.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17079 a 17079 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-17769

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.713, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por doña María Concepción Rico Hebrero, doña María Pilar Blanco Ibáñez, doña Inés Jové Domínguez-Gil, don Fernando María Beltrán Aguirre, doña María del Carmen Lacasa Lasala, doña Josefa Román Torres, doña María del Pilar Sánchez Martínez, doña Carmen Díez Velayos, doña María Dolores de Prada García, doña María Paz García García, doña María Agueda Biurrun González, doña Almudena Buendía de Frutos, doña Carmen Martínez Madrid, doña María del Carmen García Sancho, doña Otilia Solomón Robledo, doña Adela María Lostale Alonso, doña María Luisa Escribano San Germán, doña María Luisa Muñoz Sendín, doña María Teresa Rivilla Núñez y doña María Carmen Picarzo Caro, contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre revocación del Decreto 3613/1975, de 19 de diciembre, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 19 de diciembre de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Concepción Rico Hebrero y demás litisconsortes, antes mencionados, contra el Decreto tres mil seiscientos trece/mil novecientos setenta y cinco, de diecinueve de diciembre, por el que se fijo el coeficiente multiplicador de dos coma tres a la Escala de Terapeutas Ocupacionales de la Administración Institucional de Sanidad Nacional, así como contra la resolución presunta denegatoria, por silencio administrativo, del recurso de reposición frente a dicho Decreto entablado, a que las presentes actuaciones se contraen, debemos confirmar y confirmamos, en el concreto extremo recurrido, el mencionado Decreto de fijación de coeficientes, por hallarse ajustado a derecho, aboslviendo a la Administración demandada de la pretensión actora. No hacemos especial imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Juan V. Barquero, Antonio Agúndez, Adolfo Carretero, Rafael Casares y Pablo García (rubricados).

Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado Ponente don Pablo García Manzano, estando celebrando audiencia pública la Sala Quinta del Tribunal Supremo. Ante mí, José Benéitez (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 29 de mayo de 1979.‒P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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