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Documento BOE-A-1979-17864

Orden de 5 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia que se cita, dictada por el Tribunal Supremo.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17133 a 17134 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-17864

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo en grado de apelación seguido ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo sobre justiprecio definitivo de la finca número 34, propiedad de don Félix Olabarría Alayo, y de los herederos de don Pedro Olabarría Alayo, comprendida en el expediente titulado «Expropiación Forzosa de Terrenos, Ampliación del Aeropuerto de Bilbao. 3.a Fase »A»», se ha dictado, por dicha Sala, sentencia con fecha 14 de febrero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando la apelación interpuesta por la Abogacía del Estado y estimando parcialmente la formulada en nombre y representación de don Félix Olabarría Alayo, doña María Asunción Delclaux Ortiz de Bustamante, don Fernando, doña Ana María, don Pedro, don José Ramón, doña María Asunción, don Juan Luis, doña María Soledad, don Federico y doña María Gabriela Olobarría Delclaux, contra la sentencia dictada por la Sala de la Jurisdicción de Vizcaya el 23 de marzo de 1977 en el recurso número 80/1978, debemos declarar y declaramos como justo precio de la finca a que la misma se refiere, terrenos y vuelo, el de dos millones cuatrocientas treinta y seis mil setecientas setenta y dos pesetas con cincuenta y nueve céntimos, manteniendo la obligación impuesta en aquella sentencia, en lo tocante a intereses, y sin declaración especial en materia de costas procesales.

Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363).

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 5 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Transportes y Comunicaciones, Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.

Ilmo. Sr. Director general de Infraestructura del Transporte.

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