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Documento BOE-A-1979-1826

Orden de 23 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Territorial de Madrid, dictada con fecha 22 de septiembre de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Subteniente Especialista don José González Sánchez y dos más.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 1979, páginas 1514 a 1514 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-1826

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido en única instancia ante la Sala Segunda de la Audiencia Territorial de Madrid, entre partes, de una, como demandante, don José González Sánchez, don José Freire Piñón y don Gabriel Coll Pons, quienes postulan por sí mismos y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra las resoluciones del Ministerio del Ejército, que no les reconocieron el tiempo de servicios prestados en el CASE, con la consideración de Oficial, se ha dictado sentencia con fecha 22 de septiembre de 1973, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando, la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y estimando los recursos interpuestos por don José González Sánchez, don José Freire Piñón y don Gabriel Coll Pons, contra las resoluciones del Ministerio del Ejército de dos de julio y siete de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro y treinta de enero de mil novecientos setenta y cinco, y las que desestimaron los recursos de reposición interpuestos por los actores contra los anteriores acuerdos, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico, y, en su lugar declaramos que los recurrentes tienen derecho a que se les reconozca el tiempo de servicios prestados en el CASE, tanto con carácter provisional como efectivo, con la consideración de Oficial a todos los efectos. Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 23 de noviembre de 1978.

GUTIERREZ MELLADO

Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército.

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