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Documento BOE-A-1979-18284

Orden de 4 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada en 22 de febrero de 1979, en recurso de apelación número 34.316.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 1979, páginas 17514 a 17514 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-18284

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada en 22 de febrero de 1979 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en recurso de apelación número 34.316, interpuesto por el Abogado del Estado, como apelante, y como apelada, la Sociedad «Minas de Figaredo, S. A.», contra sentencia de la Audiencia Territorial de Oviedo de 20 de abril de 1978, relativa a liquidación por el Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas;

Resultando que concurren en este caso las circunstancias previstas en el artículo 105 de la Ley de 27 de diciembre de 1956.

Este Ministerio ha tenido a bien disponer la ejecución, en sus propios términos, de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado, debemos confirmar y confirmamos en su totalidad la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Oviedo, con fecha veinte de abril de mil novecientos setenta y ocho, que anuló el acuerdo dictado por el Tribunal Económico-Administrativo Central de doce de mayo de mil novecientos setenta y siete, el cual, a su vez, había desestimado el recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo dictado por el Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Oviedo el día treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y cuatro, que confirmó la liquidación que había sido girada a la Empresa “Minas de Figaredo, S. A.”, por el concepto de Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas, cuya liquidación fue anulada por la sentencia apelada; sin hacer pronunciamiento alguno en cuanta al pago de las costas causadas en este recurso.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 4 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

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