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Documento BOE-A-1979-18293

Orden de 28 de mayo de 1979 sobre creación, ampliación, transformación, etc., de unidades de Educación Preescolar en diversas provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 1979, páginas 17523 a 17523 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-18293

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistos los expedientes y las correspondientes propuestas e informes de las Delegaciones Provinciales del Departamento e inspecciones Técnicas provinciales;

Teniendo en cuenta que en todos los documentos se justifica la necesidad de las variaciones en la composición actual de los Centros Escolares de Educación General Básica y Preescolar.

Este Ministerio ha dispuesto modificar los Centros Docentes Estatales de Educación General Básica y Preescolar mediante creación, trasformación, traslado, integración, desglose y supresión de unidades de Educación Preescolar, que figuran en los apartados siguientes:

Primero. Modificaciones que suponen creación de unidades escolares:

Centros escolares con indemnización en metálico sustitutiva de casa-habitación-,

Provincia de Navarra

Municipio. Lodosa. Localidad: Lodosa. Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal, que contará con nueve unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒, una unidad escolar mixta de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se crea una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ para funcionar en local provisional y se transforma en unidad escolar mixta de Educación Especial la unidad escolar de niñas de Educación Especial con que contaba el Centro.

Provincia de Oviedo

Municipio: Castrillón. Localidad: Piedras Blancas. Ampliación del Centro de Preescolar, de la calle García Lomas, sin número, que contará con siete unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y Dirección con curso. A tal efecto, se crea una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒, a funcionar en local adaptado en calle Ayuntamiento Nuevo, sin número

Municipio: Castropol. Localidad: Tol. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Provincia de Pontevedra

Municipio: Bayona. Localidad: Agro-Baredo. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio. Bayona. Localidad: Burgo-Bahiña. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Bayona. Localidad: Fuentes Bahiña. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Nigrán. Localidad: Chans-Priegue. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Nigrán. Localidad: Marín-Camos. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Pontevedra. Localidad: El Salgueiral. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Puenteáreas. Localidad: Puenteáreas. Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal, domiciliado en Fernández de la Mora sin número, que contará con 21 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y Dirección con función docente. A tal efecto, se crean dos unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ para funcionar en locales adaptados. Se hace constar que las unidades escolares de Educación General Básica de este Colegio Nacional comarcal quedaron transformadas en mixtas desde la Orden ministerial de 14 de mayo de 1076.

Municipio: Puenteáreas. Localidad: Areas. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio- Puenteáreas. Localidad: Bibadetea. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Municipio: Puenteáreas. Localidad: San Mateo de Oliveiru. Creación de una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒.

Provincia de Salamanca

Municipio: Cubo de don Sancho. Localidad: Cubo de Don Sancho. Constitución de la Escuela Graduada mixta, que contará con dos unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y Dirección con curso. A tal efecto, se crea una unidad escolar, de Educación Preescolar ‒párvulos‒, a funcionar en local adaptado, y se integrad, transformadas en mixtas, la unidad escolar de niños y la unidad escolar de niñas de Educación General Básica, que funcionaban como unitarias, y desaparecen como Centros independientes.

Segundo. Modificaciones de Centros Escolares Estatales que implican supresión de unidades escolares o plazas de Directores escolares.

Estas supresiones tendrán efectividad inmediata, debiendo cesar los Maestros o Directores que sirvan las unidades escolares o plazas de Directores suprimidas:

Provincia de Madrid

Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Supresión de cuatro unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ en el Colegio Nacional mixto «Antonio de Nebrija» de la calle Juan José Martínez Seco, sin número, que quedará con 24 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y Dirección con función docente.

Tercero. Modificaciones de Centros escolares que, sin alterar el número de unidades escolares ni el de plazas de Directores escolares existentes, hacen variar la composición, el régimen, el emplazamiento de los edificios escolares o la denominación de los Centros afectados, en la forma que se especifica para cada caso.

Con respecto a los traslados de locales que se incluyen, habrán de cumplirse los requisitos prevenidos en la Orden de 18 de diciembre de 1953. Cuando se trate de unidades escolares dependientes de Consejos escolares primarios que pasen a ser de régimen normal de provisión o de Centros que funcionen en régimen de Administración Especial dependientes de Junta de Promoción Educativa, habrá de acreditarse a los maestros titulares la indemnización de casa-habitación con cargo al Estado si no se les facilita vivienda:

Provincia de Madrid

Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Modificación del Colegio Nacional mixto «Pío Baroja», de la calle Luis de Hoyos, sin número, que contará con 24 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, seis unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒. dos unidades escolares mixtas de Educación Especial y Dirección con función docente. A tal efecto, se transforman cuatro unidades escolares mixtas de Educación General Básica en dos unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y dos unidades escolares mixtas de Educación Especial,

Provincia de Murcia

Municipio: Cartagena. Localidad: Barrio de la Concepción. Modificación del Colegio Nacional mixto «La Concepción», de la calle Antonio Rosique, sin número, que contará con 10 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, tres unidades escolares de Educación Preescolar ‒párvulos‒, dos unidades escolares mixtas de Educación Especial y Dirección con función docente A tal efecto, se transforman dos unidades escolares mixtas de Educación General Básica en una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y en una unidad escolar mixta de Educación Especial, respectivamente.

Cuarto. Observaciones, aclaraciones o rectificaciones a Ordenes anteriores relativas a los Centros Estatales que se citan.

Provincia de Madrid

Municipio: La Cabrera. Localidad: La Cabrera. Se anula la creación de la unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ hecha por Orden ministerial de 1 de marzo de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de abril), con lo cual el Colegio Nacional mixto comarcal domiciliado en calle Los Colegios, sin número, quedará con 10 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ y Dirección con función docente.

Provincia de Pontevedra

Municipio: Catoira. Localidad: Outeiriño. Se rectifica la Orden ministerial de 8 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio), que crea una unidad escolar de Educación Preescolar ‒párvulos‒ en la localidad de Catoina, del municipio de Catoira significando que la localidad debe ser Outeiriño, del municipio de Catoira.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V 1.

Madrid, 28 de mayo de 1979.‒P.D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo, Sr. Director general de Educación Básica.

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