Excmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Daniel Lacarra Martínez, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministro de Defensa de fechas 25 de abril y 13 de octubre de 1977, se ha dictado sentencia, con fecha 20 de junio de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por don Daniel Lacarra Martínez contra resolución del señor Ministro del Ejército de fecha veinticinco de abril de mil novecientos setenta y siete, que denegó al recurrente el derecho a percibir el complemento de destino por responsabilidad en la función, y contra la resolución de la misma autoridad de fecha trece de octubre de igual año, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior, cuyos actos administrativos expresamente anulamos y dejamos sin efecto por no ser ajustados a derecho y, en su lugar, declaramos que el recurrente debe percibir dicho complemento con efectos económicos desde el día primero de diciembre de mil novecientos setenta y tres; sin hacer imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a VV. EE: muchos años.
Madrid, 28 de noviembre de 1978.
GUTIERREZ MELLADO
Excmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y General Director de Mutilados de Guerra por la Patria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid