Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Alpes, S. A.», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden de 12 de junio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de junio), y prorrogado hasta el 19 de junio de 1974,
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto prorrogar por dos años más, a partir del 19 de junio de 1979, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado por Orden de 12 de junio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de junio), y prorrogado hasta el 19 de junio de 1974, para la importación de lana sucia, base lavado o peinado en seco y la exportación de lana peinada.
Quedan incluidos en los beneficios de esta autorización, que se prorroga, los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid 15 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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