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Documento BOE-A-1979-18560

Real Decreto 1820/1979, de 8 de junio, por el que se aprueba la incorporación voluntaria del Municipio de San Pedro Samuel al de Pedrosa del Río Urbel (Burgos) y constitución del primero en Entidad Local Menor.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1979, páginas 17635 a 17636 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administración Territorial
Referencia:
BOE-A-1979-18560

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de San Pedro Samuel, en sesión extraordinaria y con cuórum legal, adoptó acuerdo solicitando la incorporación de su municipio al de Pedrosa del Río Urbel, debido al descenso de población experimentado e insuficiencia de medios económicos para sostener los servicios mínimos y a la potencialidad económica del municipio de Pedrosa del Río Urbal, ambos de la provincia de Burgos. Esta última Corporación municipal también con quórum legal, acordó aceptar la incorporación..

El expediente se sustanció con arreglo a las normas de procedimiento contenidas en la Ley de Régimen Local y en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, sin reclamación alguna durante el período de información pública a que estuvieron sometidos los acuerdos municipales.

La Diputación Provincial y el. Gobierno Civil han informado en sentido favorable y se ha puesto de manifiesto la conveniencia de la incorporación solicitada, por la incapacidad del municipio incorporado para atender los servicios mínimos obligatorios, y al objeto de mejorar el nivel de los mismos, concurriendo las causas establecidas en el artículo catorce en relación con el apartado c) del artículo trece de la Ley de Régimen Local, dándose la circunstancia y requisito de la colindancia.

En cuanto a la constitución de San Pedro Samuel en Entidad Local Menor, reúne las características exigidas para la creación de estas Entidades según los artículos veintitrés de la Ley de Régimen Local y cuarenta y dos del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, concurriendo a su vez la causa específica del apartado a) de este última artículo, es decir la desaparición del municipio de origen al incorporarse a otro; tampoco se produjeron reclamaciones, contando con los informes favorables.

En su virtud, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Permanente del Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de Administración Territorial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de junio de mil novecientos setenta y nueve.

DISPONGO:

Artículo 1.

Se aprueba la incorporación voluntaria del municipio de San Pedro Samuel al de Pedrosa del Río Urbel (Burgos).

Artículo 2.

Se aprueba igualmente la constitución de San Pedro Samuel en Entidad Local Menor.

Artículo 3.

Queda facultado el Ministerio de Administración Territorial para dictar las disposiciones que pudiera exigir el cumplimiento de este Real Decreto.

Dado en Madrid, a ocho de junio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Administración Territorial,

ANTONIO FONTAN PEREZ

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