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Documento BOE-A-1979-18785

Orden de 6 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 405.110.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1979, páginas 17820 a 17820 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-18785

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 405.110, interpuesto por don Julio de Casa Ayuso contra resolución de 22 de noviembre de 1973, se ha dictado sentencia con fecha 27 de enero de 1979, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Julio de la Casa o da Casa Ayuso contra resolución de veintidós de noviembre de mil novecientos setenta y tres del Ministerio de la Vivienda, confirmatoria en alzada de la anterior de diecinueve de septiembre de mil novecientos setenta y dos de la Dirección General del Instituto Nacional de la Vivienda, acordando en vía administrativa el desahucio y, en su caso, el lanzamiento del señor Da Casa de la vivienda, 5.º izquierda, de la casa número 43 de la calle de Espronceda (Madrid), debemos declarar y declaramos válidos y ajustados a derecho ambos actos administrativos y absolvemos a la Administración de las pretensiones aducidas en esta demanda; imponemos al accionante don Julio da Casa Ayuso las costas de este proceso.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguadora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 6 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de la Vivienda.

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