Edukia ez dago euskaraz
En virtud de expediente reglamentario, a propuesta del Ministro de Educación, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de junio de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se declara de «interés social preferente», a tenor de lo establecido en la Ley de quince de julio de mil novecientos cincuenta y cuatro y en Decretos de veinticinco de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco y de nueve de agosto de mil novecientos setenta y cuatro, a todos los efectos, excepto el de la expropiación forzosa, el proyecto de las obras de construcción de un Centro de E. G. B. de dieciséis unidades, denominado «Ibai», sito en el polígono de Ibaeta en San Sebastián, con posibilidad de obtener el cien por cien del presupuesto protegible, siempre que, a juicio del Banco de Crédito a la Construcción, aporte garantías hipotecarias suficientes. El expediente ha sido promovido por don Antonio Irízar Peñagaricano, en su condición de Presidente de la Cooperativa de Padres de Alumnos «Ibai».
Los efectos de este Real Decreto se habrán de entender condicionados a lo establecido en la Ley catorce de mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa y disposiciones que la desarrollen.
Dado en Madrid a veintinueve de junio de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Educación,
JOSE MANUEL OTERO NOVAS
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