Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Aeroquip Ibérica, S. A.», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden ministerial de 3 de abril de 1969 («Boletín Oficial del Estado» del 21), prorrogada por Orden ministerial de 3 de marzo de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril) y cambiada la denominación por Orden ministerial de 6 de febrero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
1. Prorrogar por dos años más, a partir del día 21 de abril de 1979, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Aeroquip Ibérica, S. A.», por Orden ministerial de 3 de abril de 1969 («Boletín Oficial del Estado» del 21), prorrogada por Orden ministerial de 3 de marzo de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril) y cambiada la denominación por Orden ministerial de 6 de febrero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo) para la importación de negro de humo, hilados de algodón, alambre de acero fino al carbono de menos de un milímetro, tejido «card» de nailon y rayón, y la exportación de tubería de caucho reforzado con alambre de acero y algodón, o con nailon o con algodón y rayón, o con algodón solo, o con alambre de acero solo.
2. Quedan incluidos en los beneficios de la concesión, que se prorroga, los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de junio de 1979.−P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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