Contido non dispoñible en galego
Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en, única instancia ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, entre partes, de una, como demandante, la Compañía, mercantil «Puchalt, S. A.», quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra las resoluciones del Ministerio del Ejército de 25 de noviembre de 1972 y 15 de marzo de 1973, se ha dictado sentencia con fecha 7 de febrero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Compañía mercantil “Puchalt, S. A.”, contra las resoluciones dictadas por el Ministerio del Ejército de 25 de noviembre de 1972 y en reposición que se desestima de 15 de marzo de 1973, y por las que no se accedió a la solicitud de la Entidad recurrente, de revisión de precios en la contratación del concurso celebrado con ella para la confección de uniformes del Ejército y abono de una indemnización, importe de los perjuicios que pretende haber sufrido, y en su consecuencia se declaran válidas y eficaces como ajustadas a derecho las referidas resoluciones de la Administración que se recurren, las que procede mantener íntegramente, sin haced expresa condena de costas.
A su tiempo, con certificación de esta sentencia, devuélvase el expediente administrativo al Centro de su procedencia. Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa” lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 105 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363).
Lo que por la presente Orden ministerial digo a V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 25 de junio de 1979.
RODRIGUEZ SAHAGUN
Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército (J. E. M. E.).
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